La nueva Ley Orgánica 2/2024, de 1 de agosto, de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres, publicada en el BOE a fecha 2 de agosto de 2024 y entrada en vigor el 22 de agosto de 2024, tiene como base la igualdad ante la ley de todos los ciudadanos como expone la Constitución Española en su primer artículo. En ese mismo ámbito, cabe destacar la Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas que presenta la participación equilibrada de, al menos, el cuarenta por ciento de cada sexo en los puestos de representación y decisión como umbral de paridad para eliminar sesgos en la toma de decisiones.
Como punto de origen de los avances que supone esta nueva normativa centrada en conseguir la igualdad en los ámbitos decisorios políticos y económicos, podemos situar la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, la cual se centra en erradicar la desigualdad de forma que la presencia del conjunto de hombres y mujeres no superen el sesenta por ciento ni sean menos del cuarenta por ciento.
Este nuevo texto surge para romper con los techos de cristal y garantizar que las mujeres estén representadas de forma justa y equitativa en todos los niveles de decisión, como así mandan la Constitución y la Unión Europea.
De esta disposición cabe destacar prioritariamente la ya comentada presencia equilibrada de hombres y mujeres sin llegar a superar el sesenta por ciento ni ser inferior al cuarenta por ciento tanto en órganos superiores y directivos de la Administración General del Estados como en entidades del sector público institucional estatal, llevando consigo diversos cambios entre los que podemos subrayar el del Tribunal Constitucional, el Consejo de Estado o el Tribunal de Cuentas.
De forma concreta, expone dicho balance en órganos de decisión tales como consejos de administracion, órganos constitucionales y equipos directivos.
Pero no solo se queda ahí, abarca nuevos sectores y ámbitos tales como el deporte, la contratación pública, las fundaciones o el sector terciario modificando para ello la Ley del Deporte, la Ley de Contratos del Sector Público y la Ley Orgánica del Sistema Universitario.
Hablando de sus impactos, afecta directamente a empresas, especialmente cotizadas, debiendo asegurar que al menos el 40% de los miembros de sus consejos de administración sean mujeres. Tampoco deben olvidar ese porcentaje mínimo en los puestos de alta dirección.
Por otro lado, no se debe dejar a un lado la transparencia pues en caso de que exista una representación femenina superior al sesenta por ciento, está desviación ha de ser justificada por escrito.
Con esta nueva ley, se presenta un desafío ligado a una oportunidad tanto para empresas como para organismos. Aquellos que mejor se adapten a los nuevos requerimientos lo verán reflejado en una mayor competitividad y sostenibilidad a largo plazo. Para ello, habrán de aplicar correctamente este ordenamiento revisando sus políticas de selección, promoción y desarrollo profesional para garantizar la igualdad de oportunidades capacitando a los directivos y empleados en materia de igualdad de género para promover una cultura organizacional más inclusiva.
Aunque no se centra específicamente en la conciliación, su objetivo de lograr una mayor paridad de género contribuye a crear un entorno laboral más favorable para la conciliación laboral y familiar, lo que a su vez retroalimenta la igualdad entre sexos.
El incumplimiento de dicha normativa puede implicar sanciones administrativas, que podrían incluir multas, así como implicaciones legales individuales sin dejar de lado el daño reputacional.