2022 ES

Implantación del Impuesto de Solidaridad a las Grandes Fortunas

“Las grandes fortunas en España tendrán que contribuir en mayor medida para paliar la crisis energética e inflacionista”

 

¿Será realmente efectiva la aplicación del Impuesto de Solidaridad a las Grandes Fortunas?

 

  1. El objeto del impuesto y alcance temporal

La regulación de este impuesto persigue una mejora directa de la posición económica del país. Presentado el 10 de noviembre del presente año, el propósito es que sea de carácter temporal y que sea aplicable a dos ejercicios.

En cuanto a la vigencia de este impuesto, se ha de señalar al lector que será desde este mismo ejercicio si se da la publicación de la propia ley. En ese caso, la primera autoliquidación estaría fijada entre mayo y junio de 2023. No debemos dejar de mencionar el hecho imponible de este tributo, que, en este caso, es la titularidad de las personas físicas de un patrimonio neto con un montante superior a 3.000.000€, siendo un tributo directo, personal y complementario del Impuesto del Patrimonio. El devengo, por su parte, se realizará el 31 de diciembre de cada ejercicio.

Sin ánimo de adentrarnos mucho más en esta cuestión, hemos de comentar que la base imponible del impuesto viene integrada por el patrimonio neto del sujeto pasivo. Asimismo, el objetivo final es el incremento de la recaudación, así como la armonización de la normativa autonómica.

 

  1. Sujetos afectados por este impuesto y cuestiones básicas

Fundamentalmente, el tributo al que estamos haciendo referencia en el presente artículo causará un mayor impacto sobre aquellos individuos residentes en las comunidades autónomas cuyo IP se encuentre bonificado. Los contribuyentes que sean residentes fiscales en España podrán disminuir la base imponible en el mínimo exento de 700.000€. Otra de las cuestiones básicas que se introducen como consecuencia de esto es que, cuando la suma de las cuotas íntegras del IRPF, el Impuesto sobre el Patrimonio y el Impuesto de Solidaridad sea mayor al 60% de la base imponible del IRPF, la cuota del Impuesto de Solidaridad disminuirá hasta alcanzar dicho límite.

Este impuesto afecta también a las sociedades extranjeras, que se encontrarán sujetas al nuevo gravamen. El último de los impuestos al que vamos a hacer referencia en el presente documento es el Impuesto sobre el Patrimonio, que afecta de manera directa al Impuesto de Solidaridad.

 

  • Medidas para disminuir su impacto

El objeto de este apartado no es otro que el de informar al lector acerca de algunas cuestiones que ha de realizarse. Al depender este impuesto de las circunstancias personales, podemos formular algunas preguntas como ¿de qué se estructuran sus ingresos? o ¿quiénes integran el grupo familiar? Para responder a estar cuestiones, se ha de realizar un exhaustivo análisis sobre la situación particular de cada contribuyente, ya que este tributo es directo y personal.

Málaga: el destino ideal para las empresas extranjeras que pretendan incrementar su rentabilidad

“Los incentivos para la captación de inversión extranjera en la capital de la Costa del Sol son cada vez mayores y es una tendencia que está en auge”

 

Málaga: el destino ideal para las empresas extranjeras que pretendan incrementar su rentabilidad

 

¿Por qué se perfila Málaga como la alternativa más fiable para el capital extranjero?

 

  1. Introducción

Málaga, en los últimos años, se ha convertido en algo más que una simple ciudad turística. A lo largo de este breve artículo, se mostrará al lector la posición de Málaga como el lugar ideal para la atracción de inversión, los motivos que tienen los inversores extranjeros para invertir su capital en la ciudad malagueña, así como se expondrán los beneficios derivados de este hecho, con objeto de dar una visión a los ciudadanos acerca de esta extraordinaria ciudad, y es que, en palabras de Francisco de la Torre, el alcalde de Málaga, “el balance es muy positivo”.

 

  1. El liderazgo de Málaga como foco de la inversión extranjera en Andalucía

A nivel nacional, la capital de la Costa del Sol es la zona preferida por las empresas para invertir su capital, tal y como se desprende de los 348 millones de euros de inversión exterior en 2021 (Fundación Ciedes, 2021). Para ponernos en perspectiva, hemos de tener en cuenta la situación vivida en 2020, ya que el impacto causado por la crisis sanitaria derivada de la COVID-19 frenó varias oportunidades de inversión que se encontraban al alza, pero, hoy día, la recuperación está siendo espectacular.

En el panorama nacional, Andalucía ocupa el cuarto puesto con 965 millones de euros, por detrás de la Comunidad de Madrid, Cataluña y País Vasco. En ese elevado desembolso, los países que más invirtieron en la comunidad andaluza fueron Francia, Chile y Estados Unidos, destacando Málaga como la ciudad que capitanea al resto. Asimismo, según el Registro de Inversiones Exteriores, se percibe la gran trascendencia de Málaga en la posición inversora total en Andalucía.

Una vez puesto en valor el prestigio que ha ido adquiriendo Málaga entre los grandes inversores extranjeros, pasaremos a mencionar algunas de las multinacionales que han anunciado su presencia en la ciudad mediante la apertura de centros tecnológicos, entre las que se encuentran EY, Dekra, Vodafone o Google, lo que provoca el trabajo conjunto de las distintas instituciones de la ciudad: la Junta, el Parque Tecnológico o la UMA.

 

  • Razones para la atracción de la inversión y mejoras de cara al futuro

Son varios los motivos que hacen que para las empresas extranjeras resulte atractivo invertir su capital en la ciudad malagueña, entre ellos cabe destacar la localización geográfica, las buenas comunicaciones, las infraestructuras, la sostenibilidad, las oportunidades de negocio y, fundamentalmente, el clima y la calidad de vida. Además, la innovación (inversiones en I+D+i) y los costes son dos factores primordiales. No debemos dejar de nombrar el teletrabajo, puesto que para las empresas extranjeras Málaga es muy atractiva para ello por la integración, la calidad de las conexiones e Internet.

A modo de cierre, algunas de las mejoras propuestas son la disminución de la burocracia, una mejor promoción de la ciudad, una mejora en marketing y potenciar los aspectos tecnológicos con la finalidad de hacer de Málaga el lugar más prestigioso de todo el territorio nacional.

El Gobierno aprueba en el Congreso la Ley Startups

El pasado jueves 3 de noviembre de 2022, el Gobierno de España aprobó la Ley de Startups, una ley que puede llegar a situar al país en la vanguardia para atraer a inversores.

Incluye importantes medidas fiscales y flexibiliza trámites para fomentar la creación y la inversión en empresas emergentes del sector tecnológico. Favorece el establecimiento de teletrabajadores y “nómadas digitales”.  Sus puntos más importantes para destacar pueden ser:

  • Incentivos fiscales para los trabajadores, inversores y en si los startups, lo que incluye el tratamiento preferente de la remuneración mediante opciones sobre acciones.
  • Los tramites de constitución de empresa están agilizados, se realizan en un solo paso y por medios telemáticos, ahorrándose así los costes notariales y registrales.
  • Reducción del impuesto de sociedades del 25% al 15% y en el Impuesto sobre la Renta de No Residentes durante 4 años; así como el aplazamiento del pago de la deuda tributaria sin intereses por un periodo de 12 y 6 meses respectivamente.
  • Se facilita el uso de las opciones sobre acciones, en forma de retribución y su exención fiscal pasa a ser de 50.000€, además su tributación pasa a ser cuando se hagan liquidas.
  • La base de deducción por inversión de 60.000€ a 100.000€ y el tipo de deducción pasa a ser el 50%.
  • Los extranjeros nómadas no residentes, así como empleados de los startups, pueden acceder a un visado especial de 5 años.
  • Se elimina la doble cotización de la Seguridad Social para los que mantengan por cuenta propia un empleo de forma simultánea.
  • Así como, también se fomenta la colaboración con las administraciones públicas, universidades, organismos públicos de investigación y centros tecnológicos. Lo que previene la creación de sandboxes o licencias de pruebas en sectores regulados.

 

No obstante, no hay que olvidar, que está aprobada en el Congreso, aun queda que sea aprobada por el Senado, este avance por poco que parezca aparentemente, puede hacer que esa atracción de inversión  que pretende obtener, comience a funcionar.

Nuevas medidas fiscales para el próximo año.

El pasado jueves, el Gobierno central anunció un paquete de medidas fiscales y tributarias para el próximo año 2023, las cuáles, pasamos a destacar:

  • Patrimonio: Se pretende legislar un nuevo impuesto a las grandes riquezas del país siempre que el patrimonio neto sea de más de 3 millones de euros. Así, para un patrimonio de entre los 3 y 5 millones, su tipo será del 1,7%, con un tipo máximo del 3,5% para las riquezas netas de más de 10 millones.

Este impuesto será de carácter temporal y, como ya apuntan expertos en la materia, el impuesto estará diseñado para combatir las bonificaciones que se han realizado o que se realicen desde los gobiernos autonómicos y que, en la práctica, han eliminado el Impuesto sobre el Patrimonio como, por ejemplo, Andalucía o Madrid.

  • Renta: las nuevas medidas también afectarán al IRPF, donde se incrementa el tipo del 26% al 27%, para las rentas de capital superiores a 200.00 Euros.

A su vez, habrá nuevas reducciones sobre los rendimientos del capital del trabajo que tengan una media de 21.000 Euros, además del elevar el mínimo para tributar en este impuesto de los 14.000 Euros ya recogidos en su legislación a los 15.000 Euros.

Además de estas medidas, también se han anunciado otras que afectan directamente a las sociedades localizadas en España como, por ejemplo, para las pequeñas empresas y en lo que respecta al Impuesto sobre Sociedades, se rebajará el tipo del 25% al 23%.

Desde MDG Advisors estaremos atentos a las últimas novedades en materia fiscal y a la nueva regulación legislativa que recogerá estas medidas fiscales para analizarlas en mayor detalle y dar un asesoramiento pormenorizado a nuestros clientes. Si tiene alguna cuestión, no dude en ponerse en contacto con nuestro Equipo MDG.

Andalucía suprime el impuesto sobre el patrimonio y deflacta la tarifa autonómica del irpf.

Como avanzábamos hace unos días, el gobierno de Andalucía, de la mano de Juanma Moreno, anunció nuevas medidas tributarias para los andaluces. El 21 de septiembre de 2022 se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el Decreto-ley 7/2022, de 20 de septiembre, por el que se modifica la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que entra en vigor el 22 de septiembre.

Las medidas más destacables recogidas en la mencionada ley son:

 

1.- Impuesto sobre el Patrimonio.

Con efectos en el ejercicio 2022, se introduce una bonificación autonómica del 100%, que se aplicará sobre la cuota positiva resultante de la aplicación de las deducciones y bonificaciones reguladas por la normativa estatal.

 

2.- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

En lo que respecta a la parte autonómica y con fecha de efecto desde el 1 de enero de 2022:

Escala autonómica: Se deflacta la escala autonómica aplicable a la base liquidable general, elevando las cuantías de sus tres primeros tramos y quedando como sigue:

 

 

Mínimos del contribuyente y familiares. Se incrementan las cuantías de los mínimos personales y familiares:

  • El mínimo del contribuyente ascenderá, con carácter general, a 5.790 euros anuales. No obstante, cuando el contribuyente tenga una edad superior a 65 años, el mínimo se incrementará en 1.200 euros anuales; y si la edad es superior a 75 años, el mínimo aumentará adicionalmente en 1.460 euros anuales.

 

  • El mínimo por descendientes por cada uno de dichos descendientes que sea menor de veinticinco años o con discapacidad (cualquiera que sea su edad), siempre que conviva con el contribuyente y no tenga rentas anuales (excluidas las exentas,) superiores a 8.000 euros, será de:

 

2.510 euros anuales, por el primer descendiente.

2.820 euros anuales, por el segundo descendiente.

4.170 euros anuales, por el tercer descendiente.

4.700 euros anuales, por el cuarto descendiente y siguientes.

Cuando el descendiente sea menor de tres años, el mínimo se incrementará en 2.920 euros anuales adicionales.

  • El mínimo por ascendientes será de 1.200 euros anuales por cada uno de los ascendientes mayor de 65 años o con discapacidad (cualquiera que sea la edad), que conviva con el contribuyente y no tenga rentas anuales (excluidas las exentas) superiores a 8.000 euros. Cuando el ascendiente sea mayor de 75 años, dicho importe se incrementará en 1.460 euros anuales.

 

  • El mínimo por discapacidad ascenderá a los siguientes importes:
    • Discapacidad del contribuyente:

3.130 euros anuales, en general.

9.390 euros anuales, si el contribuyente acredita un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

El mínimo se incrementará en 3.130 euros anuales en concepto de gastos de asistencia, cuando se acredite necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida, o un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento.

  • Discapacidad de ascendientes o descendientes:

3.130 euros anuales, en general, por cada uno de los ascendientes o descendientes con discapacidad, cualquiera que sea su edad.

9.390 euros anuales, por cada uno de dichos ascendientes o descendientes que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento.

Este mínimo se aumentará también en 3.130 euros anuales en concepto de gastos de asistencia, por cada ascendiente o descendiente que acredite necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida, o un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento.

 

3.- Aplazamientos y fraccionamientos.

Se han regulado diversas medidas a través de las cuales se pretende flexibilizar las condiciones de los aplazamientos y fraccionamientos. Entre estas medidas se encuentra el aumento a doce años del plazo máximo de concesión de los aplazamientos y fraccionamientos, siempre que la resolución corresponda a la Agencia Tributaria.

Asimismo, se regulan medidas excepcionales para superar el umbral de los doce años, previa autorización del Consejo de Gobierno, en los casos en los que competa a la Presidencia de la Junta por razón de la cuantía.

Estas medidas se aplicarán a aquellas solicitudes de aplazamientos y fraccionamiento que se encuentren en tramitación a la fecha de la entrada en vigor del Decreto-ley 7/2022.

Si desea ampliar más información y conocer cómo podría beneficiarse de estas medidas, no dude en contactar con nuestro Equipo MDG.

Supresión del impuesto de patrimonio en andalucía.

Juanma Moreno, presidente de la Junta de Andalucía, ha anunciado la supresión del Impuesto de Patrimonio.

Por un lado, a partir de los próximos días, el gobierno autonómico pretende suprimir el impuesto de patrimonio en Andalucía bonificándolo en un 100%, al igual que ya se hizo en la Comunidad de Madrid, para tratar de conseguir una menor presión fiscal y atraer así una mayor inversión.

Por otro lado, en lo que respecta a la parte autonómica del IRPF, el gobierno pretende deflactar la tarifa en los primeros tres tramos de renta e incrementará un 3.5% las cantidades exentas de tributación por este impuesto.

En MDG Advisors estaremos pendientes de cualquier novedad en relación a estas medidas tributarias. Si tiene cualquier duda al respecto, no dude en contactar con nuestro equipo.

Presentación nueva marca MDG Advisors.

Estimados clientes:

 

Nos ponemos en contacto para informarles que hemos realizado recientemente un avance en nuestra imagen corporativa, pasando a ser MDG Advisors.

 

Debido al crecimiento que hemos experimentado en los últimos años desde una vertiente no sólo nacional sino también internacional, la nueva marca pretende transmitir este desarrollo de una manera global, sólida y sin dejar atrás nuestros principios y valores ya consolidados.

 

Este cambio también ha afectado a los emails corporativos de nuestros profesionales. Es por ello que, a partir de ahora, cualquier comunicación con nuestro equipo se realizará a través de @mdgadvisors.es, con el nombre del profesional asignado al inicio, como veníamos haciendo anteriormente. Por favor, tenga en cuenta que nuestros antiguos emails @mdgasesores.com ya no se encuentran operativos desde hoy, por lo que no podremos garantizar la recepción de cualquier información que sea enviada a esta dirección.

 

Desde MDG Advisors seguimos trabajando en nuestra constante búsqueda de la excelencia.

 

Atentamente,

Equipo MDG Advisors.

Nueva ley 12/2022: planes de pensiones y su implicación fiscal.

El 1 de julio entró en vigor en el BOE la Ley 12/2022, de 30 de junio, de regulación para el impulso de los planes de pensiones de empleo que trae consigo una serie de repercusiones fiscales, tanto en Renta como en Sociedades, así como en el Impuesto sobre el Patrimonio.

¿Cuáles son estas repercusiones fiscales?

  • Impuesto sobre la renta de las personas físicas:

En relación con el IRPF, se establece un nuevo límite de reducción de la base imponible para aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social adicional al límite general de 1.500 euros anuales, y aplicable a las aportaciones a los planes de pensiones de empleo simplificados de trabajadores por cuenta propia o de autónomos de nueva creación y, por otro, de equiparar el tratamiento fiscal de los productos paneuropeos de pensiones individuales (regulados en el Reglamento (UE) 2019/1238, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019) al de los planes de pensiones.

  • Impuesto sobre Sociedades.

En relación con este impuesto, se regula una nueva deducción en la cuota íntegra del 10% por contribuciones empresariales a sistemas de previsión social empresarial imputadas a favor de los trabajadores con retribuciones brutas anuales inferiores a 27.000 Euros.

Si las retribuciones fuesen igual o superior al mencionado importe, la nueva deducción se aplicará sobre la parte proporcional de aquellas contribuciones que correspondan a la retribución bruta anual recibida.

  • Impuesto sobre el Patrimonio.

Se amplía las exenciones tipificadas en este impuesto y se incluye esta exención a los derechos económicos derivados de aportaciones a productos paneuropeos de pensiones individuales, como se ha comentado anteriormente en el caso del IRPF. Se corrige, pues, la discriminación existente hasta este momento de los planes de pensiones constituidos en otro Estado de la Unión Europea.

Todas estas repercusiones tendrán un carácter positivo en la tributación del contribuyente que tenga un plan de pensiones constituido fuera de la Unión Europea, además de las implicaciones a nivel interno.

Si tiene un plan de pensiones, no dude en consultar a nuestros profesionales acerca de las nuevas repercusiones fiscales y cómo puede beneficiarse de las mismas.

Nuevos modelos tributarios para el seguimiento de operaciones de criptomonedas.

Recientemente, la Agencia Tributaria ha aprobado dos nuevos modelos, el 172 y 173, con el fin de realizar un seguimiento más exhaustivo al tráfico de monedas virtuales y a su declaración.

Ambos modelos son para la declaración informativa de saldos de monedas virtuales (172) y para la declaración informativa de operaciones con monedas virtuales (173).

Los plazos de presentación para ambos modelos tendrán declaración anual y se deberán presentar en los meses de enero del año siguiente al que se corresponda la información declarada.

Desde MDG Asesores estaremos encantados de ayudarte y de solventa todas tus dudas o cuestiones que puedas tener en relación a la posesión de monedas virtuales.

Para acceder al enlace completo de la Agencia Tributaria, pinche aquí.