La Agencia Tributaria ha emitido una importante aclaración sobre los cambios introducidos por la Orden HAC/623/2026 en el Modelo 210, utilizado por los contribuyentes no residentes para declarar rentas obtenidas en España sin establecimiento permanente.
El punto clave es que los nuevos plazos de presentación no se aplican a todas las rentas de alquiler de 2026 declaradas de forma separada.
Para los contribuyentes no residentes que declaran de forma separada los ingresos por alquiler de inmuebles situados en España, las rentas devengadas en abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre de 2026 mantienen los plazos de presentación vigentes:
- Abril a junio de 2026: presentación durante los primeros 20 días naturales de julio de 2026.
- Julio a septiembre de 2026: presentación durante los primeros 20 días naturales de octubre de 2026.
El nuevo plazo de presentación en abril solo se aplicará, en el caso de las rentas de alquiler declaradas de forma separada, a las rentas devengadas en el último trimestre de 2026.
En el caso de las rentas de alquiler declaradas de forma agrupada con carácter anual, las correspondientes a 2026 se presentarán entre el 1 y el 20 de abril de 2027.
En cuanto a la imputación de rentas inmobiliarias de bienes inmuebles urbanos, el plazo de presentación correspondiente a 2025 permanece sin cambios: del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026. Para la imputación de rentas correspondiente a 2026, el nuevo plazo de presentación será del 1 de abril al 31 de diciembre de 2027.
La Orden también introduce cambios en el contenido del Modelo 210, entre ellos un nuevo anexo para los gastos deducibles y nuevos campos relativos al número de días y al porcentaje de titularidad. Estos cambios de contenido serán aplicables a las declaraciones presentadas a partir del 1 de enero de 2027.
La posterior corrección de errores no altera estas conclusiones, ya que no afecta a los plazos de presentación del Modelo 210.
En MDG Advisors recomendamos revisar cuidadosamente el calendario de presentación para evitar aplicar los nuevos plazos de forma demasiado amplia, especialmente en el caso de las rentas de alquiler declaradas de forma separada y devengadas antes del último trimestre de 2026.

