Gran avance en la tributación de no residentes: última sentencia.

En julio de este año, la Audiencia Nacional dictó una resolución relevante para los propietarios no residentes con inmuebles alquilados en España. Hasta ahora, solo los residentes en la Unión Europea podían deducir los gastos asociados al alquiler, mientras que los residentes en terceros países debían tributar por el total de los ingresos.

La Audiencia Nacional ha reconocido este derecho a un contribuyente residente en Estados Unidos, al considerar que la negativa a permitir la deducción vulnera tanto el principio de libre circulación de capitales del Tratado de Funcionamiento de la UE como el principio de no discriminación recogido en el Convenio para evitar la Doble Imposición entre España y EE. UU.

Aunque la sentencia no crea jurisprudencia, supone un paso importante hacia la equiparación del tratamiento fiscal entre residentes comunitarios y no comunitarios. Aún es pronto para iniciar solicitudes de rectificación o devoluciones de ejercicios no prescritos, pero el fallo marca un avance significativo en un ámbito que hasta ahora generaba una clara discriminación fiscal.