El pasado 14 de octubre de 2024, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) dictó una sentencia clave en materia de Impuesto sobre Sucesiones. En ella, se analizó si una persona que inicialmente rechazó una herencia debía considerarse heredera a efectos fiscales debido a ciertos actos que podrían interpretarse como aceptación tácita de la misma.
El caso: una herencia repudiada y la controversia fiscal
El caso involucraba a una contribuyente, Dª Elvira, quien rechazó formalmente la herencia de su hermana fallecida en 2017. Sin embargo, la Comunidad de Madrid consideró que había realizado actos que evidenciaban una aceptación tácita de la herencia, como el uso de fondos de una cuenta bancaria de la causante y la omisión en la presentación del Impuesto de Sucesiones.
Inicialmente, el Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR) de Madrid había dado la razón a la contribuyente y revocó la liquidación fiscal impuesta. Sin embargo, la Comunidad de Madrid impugnó esta resolución ante el TSJM, argumentando que los hechos demostraban que la contribuyente había aceptado la herencia de manera implícita.
La decisión del TSJM
El tribunal analizó los hechos y concluyó que existían pruebas suficientes para considerar que la contribuyente había aceptado la herencia de forma tácita. Entre las razones expuestas en la sentencia destacan:
- La contribuyente figuraba como autorizada en las cuentas bancarias de la fallecida.
- Los fondos de las cuentas fueron retirados en su totalidad en el mismo año del fallecimiento.
- Se abonaron ciertos pagos con dinero de la causante, lo que podría interpretarse como gestión patrimonial propia de un heredero.
Basándose en la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, el tribunal determinó que estos actos implicaban una aceptación tácita de la herencia y, por lo tanto, la contribuyente estaba obligada a liquidar el impuesto correspondiente.
Consecuencias y recomendaciones
Si bien el tribunal confirmó la liquidación fiscal, decidió revocar la sanción impuesta, ya que la Comunidad de Madrid no justificó adecuadamente la culpabilidad de la contribuyente.
Este caso destaca la importancia de gestionar correctamente la renuncia a una herencia. Para evitar problemas fiscales, es fundamental:
- Formalizar la renuncia ante notario lo antes posible.
- Evitar cualquier gestión o disposición de bienes del fallecido, ya que puede interpretarse como aceptación tácita.
- Consultar con un asesor fiscal para determinar el impacto tributario y las mejores opciones legales en cada caso.
Desde nuestra firma, recomendamos que cualquier persona en una situación similar busque asesoramiento especializado para evitar interpretaciones fiscales adversas. En caso de duda, estamos a su disposición para guiarle en el proceso y garantizar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
Sara Gámez Córdoba.

