Con el fin del verano y tras el cierre del ejercicio 2024, la presentación del impuesto sobre
sociedades y cuentas anuales, la agenda fiscal se reactiva para un nuevo ejercicio económico.
Así, queríamos volver de las vacaciones de verano informándoos de los plazos y novedades de
este nuevo curso fiscal, el cual afecta a empresas y a inversiones extranjeras. Esta anticipación
puede ayudarte a realizar una planificación fiscal óptima para empresas e inversores.
Impuesto sobre Sociedades.
La última modificación de Ley 7/2024 trae consigo importantes cambios en los tipos
impositivos del Impuesto sobre sociedades, con el objetivo de reducir la carga fiscal de las
PYMEs y microempresas de manera progresiva:
Tipo General: El tipo general del IS se mantiene en el 25%.
Entidades de Reducida Dimensión (ERD): Para las entidades cuyo INCN del período
impositivo inmediato anterior sea inferior a 10 millones de euros, el tipo impositivo se
reducirá de manera progresiva en cada período impositivo:
– 2025: 24%
– 2026: 23%
– 2027: 22%
– 2028: 21%
– 2029 y en adelante: 20%.
Microempresas: Para las entidades cuyo INCN del período impositivo inmediato
anterior sea inferior a 1 millón de euros, el tipo impositivo será progresivo:
– 2025: 21% para los primeros 50.000 euros de base imponible y 22% para el resto.
– 2026: 19% para los primeros 50.000 euros de base imponible y 21% para el resto.
– 2027: 17% para los primeros 50.000 euros de base imponible y 20% para el resto.
Debido a esto, se puede observar que en los siguientes períodos impositivos está surgiendo un
abaratamiento de los tipos impositivos, buscando mejorar la competitividad de las empresas y
fomentar el crecimiento económico sostenible.
En el siguiente enlace podrás encontrar nuestra MDG Tax Pills donde se profundizó acerca de
los nuevos tipos de gravamen de este impuesto: https://mdgadvisors.es/es/new-corporate-
tax-rates-in-force-from-2025-2/
IVA y Verifactu.
La gran novedad, como ya tratamos anteriormente en nuestros artículos, es Verifactu, cuya
entrada en funcionamiento será el próximo 1 de enero de 2026, que exige código y QR en
todas las facturas, evitando modificaciones sin registro. Las empresas deberán adaptar su
software para comunicarse automáticamente con Hacienda en el intercambio de las facturas,
lo que implicará una gran adaptación desde el punto de vista administrativo de las compañías.
Si quieres profundizar más sobre la facturación electrónica y sus implicaciones, te animamos a
leer el siguiente artículo: https://mdgadvisors.es/es/la-facturacion-electronica-opcion-u-
obligatoriedad/
Nuevas obligaciones de información, desde el punto de vista financiero.
A partir de 2026, Hacienda recibirá información mensual de todos los cobros electrónicos,
incluyendo Bizum, tarjetas y TPV, sin importar el importe, según la Orden HAC/747/2025. Los
autónomos y empresas no presentan estos datos, pero deben asegurarse de que sus ingresos
declarados coincidan con lo que los bancos enviarán, para evitar discrepancias fiscales. La
medida entra en vigor en enero de 2026, por lo que se recomienda revisar facturación y
justificar todos los ingresos.
En conclusión a todo lo anterior, las novedades que trae este 2025 afecta a muchos ámbitos de
la actividad empresarial por lo que adelantarse a estos cambios fiscales mencionados
anteriormente no solo ayuda a evitar sanciones, sino que permite optimizar la gestión de
ingresos y gastos, aprovechar beneficios fiscales y planificar inversiones de manera estratégica.
Mantenerse informado y actuar con antelación permite minimizar riesgos, optimizar
deducciones y evitar sorpresas desagradables a final de año. Cada caso es distinto, por lo que
no dudes en contactarnos para cualquier aclaración.
Carlos Pérez Moreno.

