La declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2025 llega con cambios importantes que conviene conocer antes de su presentación. La Agencia Tributaria introduce novedades que
afectan tanto a la forma de declarar como a las deducciones aplicables, y que pueden influir directamente en el resultado final.
A continuación, explicamos de forma clara y práctica los puntos clave que debes tener en cuenta.
Cambios en la autoliquidación:
Se introducen mejoras en el modelo de declaración con el objetivo de facilitar correcciones y
reforzar el control:
– Anulación de declaraciones ya presentadas: nueva casilla que permite dejar sin efecto una declaración presentada por error cuando el contribuyente no estaba obligado a declarar.
– Regularización de la cuota de autónomo (RETA): como consecuencia de la regularización de las cuotas del RETA correspondientes a ejercicios anteriores, las diferencias se reflejarán como mayor o menor gasto deducible en el ejercicio actual.
– Bono Social Térmico: se añade una casilla específica para declarar esta ayuda pública.
– Premios (juegos, rifas y concursos): nuevas casillas que permiten identificar mejor este tipo de ingresos, tanto si tienen fines publicitarios como si no.
– Casillas de control obligatorias: el sistema incluirá avisos que el contribuyente deberá marcar antes de presentar la declaración, obligando a revisar determinados aspectos.
Reducciones:
– Eliminación en estimación objetiva (módulos): desaparecen las reducciones aplicables por la adquisición de gasóleo agrícola y fertilizantes.
Esto supone una reducción de beneficios fiscales para quienes tributan en este régimen.
Deducciones en la cuota íntegra:
– Obras de eficiencia energética: se amplía el plazo para poder aplicar esta deducción, incentivando mejoras en viviendas.
– Vehículos eléctricos y puntos de recarga: se prorroga la deducción hasta 2026.
– Gastos de gimnasio o centro deportivo: nueva deducción de hasta 100 € por contribuyente.
– Celiaquía: nueva deducción para compensar el mayor coste de productos sin gluten de hasta 100€ por cada persona integrante del núcleo familiar del contribuyente con la enfermedad diagnosticada.
– Gastos veterinarios: deducción de hasta 100€, con carácter temporal.
– DAMA: incremento de la deducción por gastos en guarderías y centros de educación infantil autorizados., modificándose el Art. 69.9 Reglamento de IRPF, como consecuencia de la Sentencia del Tribunal Supremo 8/2004, de 8 de enero.
– Rentas del trabajo bajas (≤ SMI): deducción de hasta 340€ para los perceptores con menores ingresos.
Tributación del ahorro:
Se incrementa el tipo impositivo al 30% para importes superiores a 300.000 € en la baseliquidable del ahorro.
Esta medida aumenta la progresividad del sistema fiscal en las rentas más altas.
En suma, estas novedades refuerzan el control en la presentación de la declaración, reduce ciertos beneficios en el régimen de módulos e introduce nuevas deducciones orientadas a la
sostenibilidad, la salud y el apoyo a las familias, además de aumentar la tributación del ahorro para rentas más altas.
Ante estos cambios, resulta fundamental revisar cada situación personal para aplicar correctamente las novedades y optimizar la carga fiscal. En MDG Advisors podemos ayudarle a analizar su caso de forma personalizada y ofrecerle el asesoramiento necesario para cumplir con sus obligaciones fiscales con seguridad y eficiencia.

