El Alto Tribunal ha declarado inconstitucional y nulo gran parte del artículo 107 del TRLRHL, el cuál era el pilar fundamental para el cálculo de la base imponible de la plusvalía municipal sobre el incremento de los terrenos de naturaleza urbana.
La inconstitucionalidad se ha producido debido a que el cálculo de dicho impuesto no se ajusta a la realidad, por entender que el método de “determinación de la base imponible del Impuesto determina que debe existir un aumento en el valor de los terrenos durante el periodo de la imposición, con independencia de que haya existido ese incremento y de la cuantía real de ese incremento”, por lo que pone en riesgo el principio de capacidad económica regulado en el artículo 31 de la Constitución española.
Desde MDG Asesores estamos a la espera de que el Tribunal Constitucional publique la sentencia íntegramente en los próximos días para hacer un estudio exhaustivo de todas las repercusiones fiscales y tributarias que se podrían dar entre los contribuyentes y dar así un asesoramiento a nuestros clientes ajustado a la realidad jurídico-tributaria.