La residencia fiscal en España se determina principalmente por la cantidad de tiempo que una persona pasa en el país. Para ser considerado residente fiscal en España, se requiere pasar más de 183 días al año en el país, o que el núcleo principal o la base de sus actividades económicas esté en España.
La residencia fiscal también puede aplicarse a personas que tienen la mayoría de sus intereses económicos en España, como tener una pareja o hijos que residen en el país. Una vez que se considera que una persona es residente fiscal en España, está sujeta a impuestos sobre la renta global, es decir, sobre sus ingresos en España y en el extranjero.
En base a lo anterior, muchas disputas que pueden darse ante la Agencia Tributaria pueden venir dadas por la residencia fiscal del contribuyente, ya que de ello dependerá su forma de tributación en España.
Una reciente consulta vinculante del TEAC (Resolución de 18 de diciembre de 2023) establece que la Administración Tributaria tiene la carga de la prueba para demostrar que el contribuyente es residente fiscal en España cuando el mismo haya aportado un certificado de residencia fiscal en un tercer país, ya que esa aportación no es incompatible con la condición de residente fiscal en España.
Por el contrario, si el contribuyente no aportase certificado de residencia fiscal de otro país, será el propio contribuyente quien deba acreditar su condición de residente fiscal en otro país y, además, su condición de no residente en territorio español a través de otros medios de prueba que se considerasen oportunos para el caso.
No dudes en contactar con nuestro Equipo MDG para obtener respaldo profesional ante cualquier dispuesta que se pueda estar llevando a cabo en relación a su residencia fiscal en España.
Jesús Raya Zamora.