El Modelo 232 es una declaración informativa en la que se informa a la Agencia Tributaria de las operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios calificados como paraísos fiscales.
Las operaciones vinculadas están reguladas en el artículo 18 de la Ley de Impuesto sobre Sociedades.
El plazo de presentación de este modelo es dentro del mes siguiente a los diez meses posteriores a la finalización del periodo impositivo. Por lo que, una sociedad que finalice su ejercicio fiscal el 31 de diciembre, su plazo de presentación será el mes de noviembre.
Existe obligación a presentar esta declaración cuando se realicen operaciones con personas o entidades vinculas, de acuerdo a los siguientes supuestos:
- Operaciones realizadas con la misma persona o entidad vinculada con importe superior a 250.000 euros.
- Operaciones específicas realizadas, siempre que el importe conjunto de cada una de este tipo de operación en el periodo impositivo sea superior a 100.000 euros. Las operaciones específicas están reguladas en el artículo 18.3 de la Ley de Impuesto sobre Sociedades.
- Operaciones del mismo tipo que a su vez utilicen el mismo método de valoración realizadas con una persona o entidad vinculada que suponga más del 50% del importe neto de la cifra de negocio de una sociedad.
- Operaciones con países considerados paraísos fiscales.
- Cuando se aplique la reducción en la base imponible prevista en el artículo 23 de la Ley de Impuesto sobre Sociedades por la cesión de determinados intangibles a personas o entidades vinculadas.
En definitiva, se trata de una obligación fiscal más que las sociedades deben cumplir en el caso de estar obligadas a ello, por lo que no dude en contactar con nuestro equipo para resolver cualquier duda que pueda tener.
Sara Gámez Córdoba