2025 ES

Eliminación de trabas administrativas: Tipo reducido del 10% en IVA para compra de vivienda sin LPO y sin cédula de habitabilidad

El Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, a través de la Sentencia 82/2025, del 28 de enero, vuelve a unir posturas con el contribuyente y elimina trabas administrativas a la hora de aplicar el tipo reducido del 10% frente al tipo general del 21% para la compra de las viviendas destinadas a vivienda habitual sin la necesidad de obtener la licencia de primera ocupación y la cédula de habitabilidad, ya que, según el Supremo, éstas sólo sirven para acreditar de que la vivienda cumple unos determinados requisitos administrativamente prefijados para ser destinada a residencia humana.

En dicha reciente Sentencia, el Supremo señala que lo determinante no es tanto que las viviendas cuenten con la licencia de primera ocupación como que estén terminadas y que ese sea su destino legal; «aptos para su utilización como viviendas» es, exactamente la expresión, a la que la Ley 37/1992, del Impuesto sobre el valor añadido, condiciona en su articulado 91. Uno.1.7º, la aplicación del tipo reducido a las entregas de edificios o parte de los mismos por los sujetos que intervienen en la operación.

La sentencia establece los siguientes tres requisitos para disfrutar del tipo reducido del 10%:

«1ª) Que se trate de viviendas terminadas, ya que la entrega de la edificación, en tanto no esté concluida, sigue el régimen del suelo sobre el que se asienta.

2ª) El tipo se aplica a todas las operaciones que, conforme al artículo 8 LIVA, tengan la consideración de entrega de vivienda, y no a las operaciones relativas a vivienda que tengan la consideración de prestación de servicios.

3ª) Conforme a la noción usual del término, es preciso que se trate de aptitud para el destino «a habitación o moradas de una persona física o familia, constituyendo su hogar o sede de su vivienda doméstica».

Este último requisito va hilado con el que hay que tener en cuenta el destino legal posible de la vivienda adquirida. Por ello, cuidado con el crecimiento exponencial que está habiendo en los últimos años dentro del sector inmobiliario en la adquisición de viviendas con el fin de uso turístico, ya que como indica el Supremo, deja fuera de la aplicación del IVA reducido a la compra de viviendas destinadas a pisos turísticos, ya que, éstos no pueden calificarse como vivienda porque su destino, en ningún caso, puede ser la residencia habitual de una familia o persona física.

Por ello, teniendo en cuenta los cambios normativos de la Ley de IVA, y al continuado crecimiento del sector inmobiliario en nuestro país, desde nuestro despacho, os aconsejamos tener un asesoramiento previo a la adquisición de cualquier bien inmueble debido a las numerosas implicaciones fiscales que hay en dichas adquisiciones.

Si necesita ampliar la presente información, desde nuestra firma estaremos encantados de darle el mejor asesoramiento.

Leticia Cayuela Mayor

Modelo 720. la guía definitiva para declarar tus bienes en el extranjero

Si eres residente fiscal en España y tienes bienes o derechos fuera del país, es probable que ya te hayan hablado del Modelo 720. Aunque esta declaración no implica un pago directo de impuestos, su relevancia es fundamental para garantizar la transparencia fiscal. En este artículo, te contamos todo lo que necesitas saber sobre este trámite.

El Modelo 720 es una declaración informativa que deben presentar los residentes fiscales en España que posean bienes o derechos fuera del país, siempre que superen ciertos umbrales de valor. Aunque no se trata de un modelo de pago de impuestos, sí tiene un impacto significativo en la correcta declaración de estos bienes.

El Modelo 720 debe ser presentado por todos los residentes fiscales en España que tengan bienes o derechos en el extranjero que superen ciertos límites establecidos. Los principales umbrales son los siguientes:

  • Cuentas bancarias: Si el saldo conjunto de todas las cuentas en el extranjero supera los 50.000 euros.
  • Valores, seguros, derechos y rentas: Si el valor total de estos activos supera los 50.000 euros.
  • Bienes inmuebles: Si el valor total de los inmuebles situados fuera de España excede los 50.000 euros.

Si ya has presentado el Modelo 720 en años anteriores, solo estarás obligado a hacerlo nuevamente si ha habido un incremento superior a 20.000 euros en el valor de estos bienes.

Es importante saber que el Modelo 720 debe presentarse entre el 1 de enero y el 31 de marzo de cada año, haciendo siempre referencia a los bienes y derechos poseídos durante el ejercicio fiscal anterior. Esto significa que tienes un plazo específico para cumplir con esta obligación, por lo que es fundamental no dejarlo para el último momento.

En cuanto a las sanciones por incumplir con la presentación del modelo, las consecuencias pueden ser bastante severas. Si no presentas el Modelo 720 o lo haces de manera incorrecta, podrías enfrentarte a importantes multas. En primer lugar, se aplican multas fijas de 5.000 euros por cada dato o conjunto de datos omitidos, con un mínimo de 10.000 euros. Además, si la declaración de los bienes o derechos en el extranjero no es correcta, las sanciones pueden ser aún más altas, lo que hace aún más crucial cumplir con esta obligación de manera adecuada.

Resumiendo

El Modelo 720 es una herramienta esencial para garantizar que se cumpla con la transparencia fiscal y evitar sanciones por incumplimiento. Si tienes bienes en el extranjero, es fundamental que cumplas con esta obligación anual y declares correctamente tus activos. El plazo para la presentación es entre el 1 de enero y el 31 de marzo, y solo necesitarás volver a presentarlo si has experimentado un aumento superior a 20.000 euros en el valor de tus bienes.

Si tienes dudas sobre cómo cumplir con este trámite, no dudes en contactar con MDG Advisors.

 

Sandra Gámez Chaves

3 de abril de 2025: Última oportunidad para conseguir la Golden Visa en España.

El programa de la Golden Visa, que ha permitido durante más de una década que inversores extranjeros obtengan permisos de residencia en España a cambio de realizar inversiones significativas, se encuentra ante su última fecha límite. A partir del 3 de abril de 2025, la posibilidad de obtener esta visa mediante la adquisición de bienes inmuebles quedará cerrada, marcando el fin de una era para este instrumento legal.

La Golden Visa fue introducida en 2013 como parte de un plan del gobierno español para atraer inversión extranjera en un contexto económico adverso, donde la crisis económica y el colapso del mercado inmobiliario requerían soluciones urgentes. Esta visa permite a los inversores no comunitarios obtener un permiso de residencia si realizan inversiones que superan ciertos umbrales establecidos. La Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, fue la que abrió esta puerta para los extranjeros, en un momento en que el país necesitaba capital externo.

En su versión actual, quienes desean obtener una Golden Visa deben realizar inversiones que pueden variar desde la adquisición de bienes inmuebles por valor superior a 500.000 euros, hasta la inversión de más de 2 millones de euros en deuda pública española, 1 millón en empresas o fondos españoles, o en proyectos que generen empleo e impulsen la innovación. Esta opción es especialmente atractiva para aquellos interesados en invertir en propiedades, ya que no solo se facilita la obtención de residencia, sino que también permite el acceso a un mercado inmobiliario con altos rendimientos.

Sin embargo, la nueva legislación aprobada en enero de 2025, la Ley Orgánica 1/2025 de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, introduce modificaciones significativas a la Ley 14/2013. Concretamente, la Disposición final vigesimoprimera elimina los artículos que regulan los permisos de residencia para inversores, poniendo fin a la posibilidad de obtener una Golden Visa. Esta reforma dejará de ser válida para nuevas solicitudes después del 3 de abril de 2025, aunque aquellos que ya hayan iniciado el proceso o tengan visados activos podrán seguir con sus trámites conforme a la normativa vigente en el momento de la solicitud.

Requisitos y trámites para la Golden Visa

Para aquellos que quieran aprovechar los últimos días de esta opción, es importante que el proceso esté completamente realizado antes de la fecha límite. En el caso de la inversión en bienes inmuebles, se requiere que la propiedad esté debidamente registrada en el Registro de la Propiedad, con documentos que acrediten que la adquisición fue realizada y registrada dentro de los plazos estipulados.

Los documentos específicos requeridos varían dependiendo de la modalidad de inversión elegida. Para la compra de inmuebles, el solicitante debe demostrar la titularidad de las propiedades mediante certificados del Registro, mientras que, para inversiones en deuda pública o fondos de inversión, se exige documentación adicional que valide la propiedad de la inversión durante los plazos establecidos.

Además de la inversión, se deben cumplir ciertos requisitos comunes, como ser mayor de 18 años, tener un seguro de salud en España, disponer de medios financieros suficientes para sostenerse durante la estancia, y no tener antecedentes penales ni en España ni en el país de residencia durante los últimos cinco años.

¿Qué sucederá con las solicitudes en curso y los visados vigentes?

La nueva ley contempla disposiciones transitorias que protegen los derechos adquiridos. Así, aquellos que hayan presentado su solicitud antes del 2 de abril de 2025 podrán seguir adelante con el proceso de acuerdo con la normativa vigente en el momento de su solicitud, siempre que la inversión esté registrada correctamente.

En cuanto a los visados Golden Visa que ya estén en vigor, seguirán siendo válidos hasta su fecha de expiración, y las renovaciones podrán gestionarse conforme a la normativa que regía al momento de la concesión original.

Alternativas para los interesados en residir en España

Con la eliminación de la Golden Visa, las alternativas para los inversores que deseen residir en España a largo plazo se reducirán. Sin embargo, existen otras opciones de residencia, como los visados para búsqueda de empleo o los permisos por arraigo social, familiar o laboral. Estas opciones, en conjunto con las nuevas reformas que entrarán en vigor en mayo de 2025, ofrecen vías alternativas para aquellos que deseen establecerse en el país.

En cuanto a la reforma de la legislación sobre residencia no lucrativa, también se destaca la propuesta de nuevos impuestos sobre las viviendas adquiridas por no residentes extracomunitarios, como parte de las medidas del gobierno para frenar la crisis inmobiliaria.

Conclusión

La fecha límite del 3 de abril de 2025 marca un hito en la historia del programa de la Golden Visa en España. Si bien quienes aún estén interesados en este tipo de residencia deben apurar los trámites, la reciente reforma abre nuevas opciones y desafíos para los que deseen continuar en España a largo plazo.

Sara Gámez Córdoba. 



Modelo 347: La Clave para Cumplir con tus Obligaciones Fiscales y Evitar Sanciones

En febrero tampoco nos libramos de las obligaciones fiscales. En este caso, tenemos que presentar el Modelo 347, una declaración informativa de carácter anual que deben presentar los empresarios y profesionales que realicen operaciones con terceros que, en su conjunto, superen los 3.005,06€ durante el ejercicio fiscal 2024. 

Algunas de las operaciones que deben declararse en este modelo son:

  • Subvenciones y ayudas no reembolsables.
  • Operaciones de entidades aseguradoras.
  • Anticipos de clientes y proveedores.
  • Arrendamientos no sujetos a retención.
  • Entregas y adquisiciones de bienes y servicios, tanto las sujetas y no exentas del IVA como las no sujetas o las exentas de dicho impuesto.
  • Operaciones inmobiliarias.

Sin embargo, siempre existen algunas exenciones, como los contribuyentes cuyo domicilio fiscal, establecimiento permanente o sede de la actividad no se encuentre en España, o las operaciones consideradas entregas y adquisiciones de bienes que supongan entre el territorio peninsular español o las islas Canarias, Ceuta o Melilla, entre otras.

La información proporcionada en el Modelo 347 es crucial para garantizar la transparencia en las relaciones comerciales y asegurar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, de modo que la Agencia Tributaria puede controlar el fraude fiscal y asegurar que las operaciones entre empresas y autónomos están correctamente declaradas.

En suma, consideramos que es importante cumplir con dicha declaración informativa para evitar problemas legales y asegurar el cumplimiento de la normativa vigente. 

Si estás interesado y necesitas más información, no dudes en ponerte en contacto con MDG Advisors. Nosotros, ¡podemos ayudarte!

Lucía Luengo Aguado.



La Nueva Regulación del Fichaje Electrónico: Cambios y Repercusiones para las Empresas en 2025

En los últimos años, el control de la jornada laboral ha sido uno de los temas más debatidos en el ámbito laboral en España. La nueva regulación del fichaje electrónico está diseñada para garantizar el cumplimiento de la normativa sobre la jornada laboral y las horas extra, un tema que ha cobrado mayor relevancia con la reforma laboral de 2021. Esta modificación exige que todas las empresas lleven un registro de la jornada diaria de sus empleados, un proceso que debe ser digitalizado y adaptado a la tecnología actual. A continuación, analizamos los principales aspectos de esta nueva regulación y su impacto en las empresas.

¿Qué es el fichaje electrónico?

El fichaje electrónico es una herramienta que permite a los trabajadores registrar el inicio y la finalización de su jornada laboral mediante medios digitales, como sistemas informáticos, aplicaciones móviles o tarjetas electrónicas. El objetivo principal de este sistema es garantizar la transparencia en la gestión del tiempo de trabajo y facilitar el control de las horas trabajadas, algo esencial para evitar fraudes relacionados con las horas extra y el cumplimiento de los descansos obligatorios.

Nuevas exigencias legales

La regulación del fichaje electrónico se introdujo a raíz de una serie de modificaciones en la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Según la legislación vigente, todas las empresas están obligadas a establecer un sistema de control de la jornada laboral, registrando la hora exacta de inicio y finalización de la jornada, así como las horas extra realizadas. Esta obligación afecta a todas las empresas, sin importar su tamaño o sector.

El fichaje electrónico es, por tanto, una de las mejores soluciones para cumplir con esta normativa de manera eficiente. Los sistemas electrónicos permiten almacenar los registros de manera digital, lo que facilita su acceso y gestión, además de simplificar la tarea de los empleados encargados de la supervisión del control horario.

¿Cómo afecta a las empresas?

Con la implementación del fichaje electrónico, las empresas deben asegurarse de que el sistema que utilicen sea fiable, accesible y compatible con la normativa de protección de datos. La información sobre las horas de trabajo debe ser almacenada durante al menos cuatro años, y los trabajadores tienen derecho a acceder a esos registros si lo desean.

La inversión en estos sistemas debe hacerse pensando en la eficiencia y en garantizar que no se produzcan errores en los registros. Las empresas deben adaptarse lo antes posible para evitar sanciones y asegurarse de que sus trabajadores cuenten con una herramienta eficiente que respete sus derechos laborales. Sin duda, el fichaje electrónico ha llegado para quedarse y transformar la forma en que gestionamos el tiempo de trabajo en el entorno laboral.

Aaron Cheung Gallardo



Modificaciones normativas en el ITP en la adquisición de una vivienda okupada: valor de adquisición o valor de referencia.

Se nota que se acercan las fiestas navideñas, con la ilusión en las calles llenas de gente, los niños corriendo por la calle, las luces navideñas de nuestra querida Calle Larios, y desde MDG Advisors queremos sumarnos a esa alegría, e informaros de una reciente consulta de la Dirección General de Impuestos, que en esta ocasión, no es en perjuicio del contribuyente.

Como sabemos, y esto no es ninguna novedad, el artículo 10 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Acto Jurídico, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, establece que “la base imponible está constituida por el valor del bien transferido o del derecho que se constituye o transmite”.

En el caso de bienes inmuebles, su valor será el valor de referencia previsto en la normativa registral de la propiedad, en la fecha de devengo del impuesto.

Sin embargo, si el valor del inmueble declarado por los interesados, el precio o contraprestación pactada, o ambos, son superiores al valor de referencia, se tomará como base imponible el mayor de estos valores.

Y en línea con lo anterior, y con el objetivo de brindarles la buena noticia que comentábamos al inicio del blog, la Dirección General de Impuestos en la consulta vinculante V2002-24, establece que en los casos en que se adquiera un inmueble que se encuentre ocupado, se podrá tributar por la adquisición del mismo al valor de adquisición en lugar del valor de referencia, representando un ahorro fiscal para el contribuyente, ya que normalmente cuando se adquiere un inmueble que se encuentra ocupado, el valor de adquisición es inferior al valor determinado por el Catastro. (valor de referencia).

Esto se debe a que según la Resolución de la Dirección General de Catastro, en el caso de bienes inmuebles de uso residencial, donde no existe un régimen jurídico que regule la relación entre propietario y ocupante (cuando ambos no coinciden), y ello impide la libre disposición del inmueble por parte del propietario, se trata de una situación que puede implicar, en su caso, que no exista el valor de referencia de un inmueble.

Teniendo en cuenta este cambio de criterio, estamos revisando todas las escrituras de compraventa de inmuebles que han realizado nuestros clientes con el fin de solicitar la devolución de ingresos indebidos a favor de nuestros clientes.

Si te encuentras en una situación similar, quedamos a tu disposición para brindarte el mejor asesoramiento en la regularización de tu situación fiscal.

Leticia Cayuela Mayor

El BOE publica el nuevo paquete fiscal del Gobierno, vigente a partir del domingo 22 de diciembre.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el nuevo paquete fiscal del Gobierno, que entró en vigor el domingo 22 de diciembre de 2024, un día después de su publicación en el BOE. BOE.

Esta reforma introduce una serie de medidas significativas en el sistema tributario español, que se detallan a continuación. los cuales se detallan a continuación:

Nos encontramos con un componente clave relacionado con el gravamen bancario, un impuesto que se estableció inicialmente como un “beneficio patrimonial” temporal en virtud de un decreto motivado por las necesidades económicas derivadas de la guerra en Ucrania, que finalizó el 31 de diciembre. La transformación en impuesto tiene una serie de nuevas implicaciones: su carácter permanente y su gestión descentralizada a las comunidades autónomas y autonómicas. y comunidades autónomas; De ellos depende el desembolso de 7,2 mil millones de euros provenientes de los 7,2 mil millones de euros de los fondos europeos.

Se ha reconfigurado el impuesto sobre los márgenes de interés y las comisiones de los bancos. Los bancos han sido reconfigurados. Este impuesto, que ahora tiene carácter progresivo, establece los siguientes tipos impositivos: 1% hasta 750 millones de euros, 3,5% hasta 1.500 millones de euros, 4,8% hasta 3.000 millones de euros, 6% hasta 5.000 millones de euros, 4,8% hasta 3.000 millones de euros, 6% hasta 5.000 millones de euros y 7% por encima de 5.000 millones de euros. 5 mil millones.

Por otro lado, se implementan acciones para combatir el fraude fiscal en la comercialización de hidrocarburos, especialmente contra las operaciones de empresas que se apropian indebidamente del IVA recaudado empresas que se apropian del IVA repercutido en el suministro de combustibles a gasolineras, impidiendo así la venta de productos para

Esto evita que los productos se vendan por debajo del precio de mercado y, como resultado, se recaudan menos ingresos.

Se introduce un aumento de los impuestos sobre los dispositivos de vapeo y el tabaco, con el objetivo de desalentar la venta de productos de vapeo a precios inferiores a los del mercado. para desalentar el consumo y mejorar la salud pública. Se armoniza el IVA a nivel europeo para el alquiler de viviendas de corta duración, afectando principalmente a las plataformas de alquiler turístico. afectando principalmente a las plataformas de alquiler turístico. La obligación de emitir factura electrónica se extiende a todas las relaciones comerciales entre empresarios y profesionales, con miras a los profesionales, buscando mejorar la transparencia y el control fiscal.

En cuanto al Impuesto sobre Sociedades, las medidas han sido las siguientes:

Se implementa una reforma del Impuesto sobre Sociedades para las pequeñas empresas. Las empresas con una facturación inferior al millón de euros verán reducida su Impuesto sobre Sociedades. La base imponible hasta 50.000 euros tributará al tipo del 17%, y el resto de la base imponible al tipo del 17%. 50.000 tributarán al 17%, y el resto de la base imponible al 20%. Esta reducción será gradual hasta 2027.

En cuanto al IRPF, las rentas del capital superiores a 300.000 euros incrementarán su tributación en dos puntos porcentuales. 300.000 euros aumentarán su tributación en dos puntos porcentuales, del 28% al 30%.

Se ha aprobado una medida para garantizar que las personas con incapacidad permanente absoluta o gran invalidez no pierdan su pensión o las personas con gran invalidez no pierdan su pensión si acceden a un puesto de trabajo y posteriormente no pueden continuar en él. continúa con ello.

Se establece una bonificación por contratación por parte de entidades deportivas no profesionales sin ánimo de lucro, promoción de entidades deportivas profesionales sin ánimo de lucro, fomento del empleo en el sector del deporte amateur. La reforma también aprueba una disposición sobre ingresos excepcionales procedentes de actividades artísticas.

También se modifica la normativa para permitir que los fondos de la Reserva para Inversiones en Canarias (RIC) se destinen a la rehabilitación de viviendas protegidas en alquiler, manteniendo su impuesto sobre el alquiler, manteniendo su régimen fiscal.

Este paquete fiscal tiene como objetivo modernizar el sistema tributario español, aumentar los ingresos y combatir el fraude fiscal, con el fin de combatirlo, en línea con los compromisos adquiridos con la Unión Europea. Unión Europea.

Si tienes dudas respecto a la nueva reforma tributaria, quedamos a tu disposición para ofrecerte el mejor asesoramiento en la regularización de tu situación tributaria.

Se acerca el plazo para presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

¿Qué es el Impuesto sobre la Renta de No Residentes sin establecimiento permanente?

El Impuesto sobre la Renta de No Residentes es un impuesto que grava las rentas obtenidas en territorio español por personas físicas o jurídicas que no son residentes en España y no operan a través de un establecimiento permanente.

Este impuesto se declara a través del Formulario 210: formulario tributario que deben presentar quienes poseen bienes inmuebles o derechos en el país, tales como propiedades, derechos de uso, derechos de habitación y cualquier otro tipo de derecho real sobre inmuebles.

Con el Formulario 210 se pueden declarar varios tipos de impuestos relacionados con bienes inmuebles y derechos en el país. A continuación se detallan los diferentes casos:

 Rentas de inmuebles alquilados o subarrendados: ingresos obtenidos por el alquiler de inmuebles.
 Rentas de inmuebles no alquilados: ingresos imputados por posesión de inmuebles desocupados.
 Plusvalía: ganancias obtenidas por la venta de inmuebles.
 Rentas Imputadas de Bienes Inmuebles Urbanos: rentas imputadas por poseer inmuebles urbanos.
 Rentas Derivadas de la Enajenación de Bienes Inmuebles: rentas obtenidas por la enajenación de inmuebles.

La no presentación del formulario puede acarrear sanciones económicas y la imposición de intereses de demora, por lo que es importante cumplir con esta obligación tributaria y su plazo de presentación para evitar problemas legales y económicos.

En concreto, dada la proximidad del plazo de presentación, es vital recordar la declaración de rentas de inmuebles no alquilados, comúnmente conocida como imputación de rentas. En otras palabras, es obligación de los no residentes declarar impuestos por los días durante
que su inmueble no haya sido arrendado, considerando siempre el valor catastral, revisado o no, y su domicilio fiscal. Esta última variable dependerá de si el no residente pertenece o no a la Unión Europea.

La fecha límite de presentación es el 31 de diciembre, aunque para domiciliación bancaria es el 20 de diciembre.

Finalmente, consideramos relevante informarles que el plazo de presentación de rentas derivadas del arrendamiento de inmuebles para el año 2024 es durante los primeros 20 días naturales del mes de enero ·····3·3···32025, realizándose por primera vez anualmente.

Lucía Luengo Aguado

Málaga: El boom como mejor destino para expatriados.

En los últimos años, Málaga se ha consolidado como uno de los destinos más atractivos para expatriados de todo el mundo. Según un estudio publicado por Internations, un sitio web para expatriados con más de 5 millones de usuarios, Málaga ha sido votada como el mejor destino para expatriados en todo el mundo.

Desde su vibrante vida cultural y su envidiable clima hasta su creciente infraestructura y la calidad de vida que ofrece, esta ciudad andaluza se ha ganado un primer lugar en las listas de los mejores lugares para vivir fuera de su país de origen. Entonces, ¿qué hace que Málaga sea tan especial para los expatriados? Analicémoslo.

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Uno de los mayores atractivos de Málaga es su clima mediterráneo. Con más de 300 días de sol al año, la ciudad es un paraíso para quienes buscan escapar de los fríos inviernos y las constantes lluvias. Las temperaturas suaves durante todo el año permiten vivir al aire libre, ya sea en la playa o paseando por los parques y montañas cercanos. Esto no sólo mejora la calidad de vida, sino que también tiene un impacto positivo en la salud y el bienestar general.

Costo de vida atractivo

En comparación con otras ciudades europeas importantes, el coste de vida en Málaga es relativamente bajo. Aunque los precios han aumentado en los últimos años debido al creciente interés por la ciudad, sigue siendo más asequible que otros destinos como Madrid, Barcelona, ​​Londres o París. Este

La comunidad de expatriados en Málaga

La presencia de una creciente comunidad de expatriados ha sido una de las fuerzas impulsoras del ascenso de Málaga como destino preferido. Un número cada vez mayor de británicos, alemanes, franceses, nórdicos y de otras nacionalidades se están mudando a la ciudad, creando una vibrante mezcla cultural. Este fenómeno ha impulsado la creación de grupos, asociaciones y servicios para ayudar a los nuevos residentes a integrarse, compartir experiencias y adaptarse a su nuevo hogar.

Además, el idioma español es una gran ventaja para los expatriados que desean aprender español y sumergirse en la cultura local. Muchos expatriados aprovechan las clases de español y otros servicios para facilitar su integración.

Oportunidades profesionales y comerciales

Aunque Málaga fue históricamente conocida como un destino turístico, en los últimos años ha experimentado un auge en el sector tecnológico y empresarial. El crecimiento de las empresas tecnológicas, las startups y el desarrollo de espacios como el Parque Tecnológico de Andalucía (PTA) han atraído a emprendedores y profesionales del sector digital.

La ciudad también es conocida por ser un excelente punto de conexión para negocios internacionales debido a su proximidad con África y el resto de Europa. Las iniciativas y eventos empresariales se han multiplicado, convirtiendo a Málaga en un centro de oportunidades para expatriados que buscan desarrollarse profesionalmente.

Por todas las razones anteriores, Málaga es el destino perfecto para expatriados que buscan una combinación de sol, calidad de vida, una comunidad internacional acogedora y oportunidades profesionales. Su clima, infraestructura, costo de vida competitivo y estilo de vida relajado han
convirtió a esta ciudad andaluza en una de las más cotizadas por quienes desean iniciar una nueva vida en España. Cada vez más extranjeros eligen Málaga como su hogar, la ciudad continúa evolucionando, haciendo honor a su título como uno de los mejores destinos para expatriados en Europa.

Pablo Mallo Bárcena – MDG Advisors