El pasado 29 se Septiembre de 2022, se publicó la Ley 18/2022 de Creación y Crecimientos de empresas, que entra en vigor el 19 de Octubre.
Podremos decir que modifica y añade nuevas regulaciones, para:
La regulación para crear una RSC (Sociedad de Responsabilidad Limitada): con capital social de un euro, introduciendo reformas para facilitar su constitución. Esto supone la eliminación de la exigencia de 3000 euros de capital social mínimo. Su pone una reducción del coste en su creación. Este euro simbólico como capital, tiene el fin de ser significativo, en la medida, que garantiza la consistencia de la normativa.
Si el capital mínimo es 3000€, existen dos reglas a cumplir:
- Debe destinarse a la Reserva Legal al menos el 20% del beneficio hasta que la suma de esta y el capital sea 3000€.
- En caso de liquidación, si el patrimonio es insuficiente para atender los pagos, los socios responden de la diferencia entre importe de 3000€ y capital suscrito.
Promoción de uso de facturas electrónicas: para facilitar transparencia y control del trafico mercantil, así como atajar la morosidad en operaciones comerciales. Se incorporan inventivos para el cumplimiento de plazos de pago, siendo un requisito para poder obtener subvenciones o por establecimiento de condición penalizable en el ámbito de la Ley de Contratos del Sector Publico. Dependiendo el tipo de sociedad que se presente tienen un deber de información:
- Todas las sociedades mercantiles, incluyen en la memoria su periodo medio de pago a proveedores.
- Las sociedades cotizadas, publicaran en su pagina web, el periodo medio de pago, volumen monetario y nº de facturas pagadas en un periodo máx. al establecido en la normativa de morosidad y el porcentaje que suponen el nº de facturas sobre total pagado a proveedores en €. Deberá incluirse en la memoria de las Cuentas Anuales
- Las no cotizadas y no presenten Cuentas Anuales abreviadas, publicaran su periodo medio de pago, volumen monetario y nº de facturas pagadas en un periodo máx. al establecido en la normativa, así como el porcentaje que suponen el nº de facturas sobre el total pagado a proveedores en €. Deberá ser publicado en la web y memoria de las Cuentas Anuales.
El ICAC indicará las adaptaciones que sean necesarias con lo previsto a esta ley, para que las sociedades que no encuadren en las situaciones nombradas puedan aplicar la metodología de cálculo.
Mejora de la regulación, por la modificación de la Ley de Garantía de Unidad de Mercado: que profundiza en cooperación y confianza entre las Administraciones Publicas. Reforzando las “ventanillas” en las que las empresas reclaman cuando lo consideran a las Administraciones no cumplen regulaciones económicas.
Medidas para potencial los instrumentos de financiación: esto potencia el crecimiento, ya que permite la flexibilización de mecanismos de financiación alternativa como puede ser el Crowfunding, Inversión Colectiva y Capital de Riesgo.
Nuevo régimen jurídico para las plataformas de financiación participativas/crowdfunding, son aquellas empresas cuya actividad es poner en contacto a personas físicas o jurídicas que ofrecen o solicitan financiación para un proyecto. En 2020 la Unión Europea aprueba el reglamento que establece un régimen exhaustivo de las plataformas, lo que nos da a entender que es un tipo de financiación mas importante.
La Ley se adapta al régimen europeo, para facilitar y promover el uso de estas plataformas, para así poder prestar servicios a toda la Unión Europea. Sus puntos que destacar son:
- Inclusión de una nueva categoría Gestión de Carteras, permite que el proveedor de servicios invierta fondos en nombre de la inversión.
- Limite único de inversión individual por proyectos para inversores minoristas 1000€ o 5% de la riqueza. Si quieren sobrepasar el límite, recibirán una advertencia de riesgo y deberán dar el consentimiento expreso.
Para resumir la Ley grosso modo podemos decir que la creación de empresa y su crecimiento tienen un papel importante en el crecimiento económico.
El proyecto tiene el objeto de mejorar el clima actual de negocios en el país, así como impulsar el crecimiento (de PYMES), fomentar el aumento del tamaño empresarial, el despliegue de redes de colaboración e interacción, creación de empresas…