Informamos que el pasado 10 de diciembre, La Junta de Andalucía aprobó nuevas medidas temporales y excepcionales para la contención del COVID-19 durante el periodo navideño. Publicadas en el BOJA Extraordinario Nº88 DE 11 de Diciembre de 2020. Consta de dos periodos: del 12 al 17 de diciembre y del 18 al 10 de enero.
Adjuntamos a este email dicho acuerdo para su lectura.
A continuación, especificamos las nuevas medidas:
Periodo 1: Desde el día 12 de diciembre al 17 de diciembre:
- Se permite la movilidad entre municipios de la provincia de Málaga.
- Comercios hasta las 21.00H.
- Hostelería, hasta las 18.00H. Se permite recoger comida para llevar en el local hasta las 21.30H. Pedidos a domicilio hasta las 22.30H, reparto y entrega hasta las 23.30H.
- Toque de queda desde las 22.00H hasta las 07.00H.
Periodo 2: Desde el día 18 de diciembre al 10 de enero:
- Movilidad libre en toda la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Comercio, apertura y cierre en horario habitual.
- Hostelería: Horario partido. Desde la mañana hasta las 18.00H // De las 20.00H a las 22.30H. El reparto a domicilio se mantiene igual.
- Toque de queda desde las 23.00H hasta las 06.00H.
* Desde el 23 de diciembre al 06 de enero: se permite la entrada y salida de la Comunidad de Andalucía a otras residencias con motivo de reagrupación familiar
* Los días 24,25,31 y 01 se permiten reuniones de 10 personas con toque de queda hasta las 01:30H. El resto, se mantiene en 6 personas.
Equipo MDG Asesores,