El control horario de las jornadas de trabajo en España ya no es un asunto de empresa; se ha convertido en obligatorio desde el pasado 12 de Mayo.
La nueva regulación fue publicada en el Real Decreto Ley 8/2019, el cual se hacía efectivo el pasado 12 de Abril, y establecía un período de un mes para que todas las empresas en España implementaran este control obligatorio.
Los principales requisitos del seguimiento del control horario son:
La empresa tiene que poseer un control horario de todos sus empleados, con independencia de la jornada laboral que tengan. Los empleados tienen que conocer la distribución y duración de un día ordinario. La empresa tiene que guardar dichos registros horarios durante cuatro años. Los sindicatos deben ser notificados mensualmente de las horas extra hechas por los empleados.
La inmediata adaptación a este nuevo requisito se ha convertido en una de las principales prioridades de pequeñas, medianas y grandes corporaciones, debido a su fuerte sistema sancionador (las multas oscilan entre 626 € y 6.250 €)
Se ha defendido desde el Gobierno que esta medida se ha tomado con el propósito de controlar impagos de horas extra, así como evitar el abuso y fraude laboral.
Después de algo más de un mes desde que la obligación se hiciera efectiva, existe gran controversia pública en el mundo empresarial español en relación a este tema. En ocasiones, requiere una tarea administrativa que los empleados no están acostumbrados a cumplir y en consecuencia, las empresas tienen que controlarlos, lo que puede ocasionar problemas internos en la organización.
Esto, junto al hecho de que las empresas creen que el sistema no es muy fiable, puesto que se puede trucar fácilmente, ha causado que el control horario no haya sido muy aceptado dentro del mundo empresarial.